Protocolos de otras entidades
-  La Policía Nacional deberá informar a las autoridades administrativas competentes.
 - Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o restablecimiento de los derechos de las partes involucradas.
 - Realizar el reporte del Sistema de información Unificado.
 - Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.