Protocolos de otras entidades
- La Policía Nacional deberá informar a las autoridades administrativas competentes.
- Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o restablecimiento de los derechos de las partes involucradas.
- Realizar el reporte del Sistema de información Unificado.
- Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.