Sistema de Información de Convivencia Escolar del Valle del Cauca

Modo oscuro

Protocolos

Protocolos

Tipo 1

  1. Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.
  2. Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa y justa y acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
  3. Establecer compromisos y hacer seguimiento.

Tipo 2

  1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
  2. Remitir la situación a las autoridades administrativas cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos.
  3. Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes.
  4. Generar espacios para exponer lo acontecido.
  5. Determinar las acciones restaurativas para la reparación de los daños causados el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
  6. El Comité de Convivencia Escolar, realizara el análisis del caso y el seguimiento a las soluciones.

Tipo 3

  1. Brindar atención inmediata en salud física y mental de los afectados.
  2. Informar de manera inmediata a los padres, madres acudientes.
  3. Informar de la situación a la policía nacional (policía de infancia y adolescencia).
  4. Citar a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia, y ponerlos en conocimiento del caso.
  5. Adoptar las medidas propias para proteger a la víctima o quien se le atribuya la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada.
  6. Realizar el reporte al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
  7. Realizar seguimiento por parte del Comité de Convivencia Escolar, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre establecimientos educativos.

Protocolos de otras entidades

  1. La Policía Nacional deberá informar a las autoridades administrativas competentes.
  2. Adelantar la actuación e imponer de inmediato las medidas de verificación, prevención o restablecimiento de los derechos de las partes involucradas.
  3. Realizar el reporte del Sistema de información Unificado.
  4. Realizar el seguimiento a la situación puesta bajo su conocimiento hasta que se logre el restablecimiento de los derechos de los involucrados.